lunes, 21 de octubre de 2013

¿Son innecesarias las discriminaciones positivas, los tipos penales y las cartas de derechos humanos especiales en defensa de la mujer y otros grupos en situación de vulnerabilidad?

Me escribe una alumna: "yo comparto la postura de quienes opinan innecesaria la creación de tantos tipos penales específicos so pretexto de brindar mayor protección a la mujer. Por una parte, se propicia lo que el jurista español Jesús-María Silva Sánchez llama «la expansión del derecho penal», yo diría «la innecesaria expansión de derecho penal», lo que, dicho sea de paso, no reivindica nuestra imagen social como mujeres sino más bien nos victimiza". Yo le respondí lo siguiente:
"Estimada: efectivamente tiene razón en principio, pues en principio una expansión del derecho penal siempre es innecesaria y refleja que por la parte más importante del espectro jurídico, la que comienza con la educación y la prevención, se está fallando y se tiene la creencia que con enforzar coactivamente se resolverán los problemas. Primero deben ser la prevención y la educación y hasta el último la penalización y la coacción (pues la coacción es, por definición violencia y lo contrario del derecho, no lo que lo hace jurídico).
Es cierto que si hubiera conocimiento y cultura de tolerancia activa y reconocimiento y respeto del otro, bastaría con que los derechos humanos dijeran que son para todas las personas como para que entendiéramos que personas son también los niños y niñas, las mujeres, todas las razas y etnias, las personas con capacidades diferentes (¡que importante amparo el último de la corte respecto del joven con síndrome de asperger!), etcétera, y no harían falta y serían innecesarios catálogos específicos de derechos de los niños y las niñas, derechos de las mujeres, etc. así como tipos penales específicos como el feminicidio y medidas como la discriminación positiva que, por más positiva que sea no deja de ser discriminación.
Pero mientras haya ignorancia (y aplico el término en un sentido lato como lo contrario a la sabiduría, principalmente la sabiduría del amor fraterno universal, no en sentido denostativo) habrá frustración y resentimiento y con ellos dominio y opresión y con ella exclusión y marginación, explotación y violencia, y las mujeres estarán en una situación vulnerable que los hombres y las mujeres con un poco más de conocimiento, con un poco más de fortuna en la experiencia de esa sabiduría del amor, deberán emparejar a toda costa, con acciones afirmativas y discriminaciones positivas hasta empoderarlas. Y si eso significa que, para paliar esa ignorancia, se deba expandir el derecho penal, no lo considero, de ninguna manera, innecesario, sino todo lo contrario. Sólo se revictimiza cuando esa expansión del derecho penal se hace pensando que se protege a un grupo vulnerable el que, "pobrecito", no puede valerse por sí mismo, esa sería una expansión no sólo innecesaria sino contraproducente que únicamente reproduciría la opresión y violencia hacia las mujeres. No, no hablamos de grupos vulnerables, pues no hay nada en ellas que las haga esencialmente menos y necesariamente vulnerables. Es un grupo en situación de vulnerabilidad, colocado ahí, en esa situación tan grave, por la ignorancia de una cultura machocéntrica patriarcal, altamente dominante y opresiva.
Saludos".

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